El control de la exposición a riesgos laborales es una responsabilidad compartida entre el Estado, el patrón y el trabajador. El primero tiene la obligación de reglamentar las condiciones ambientales en las que labora un empleado, con el fin de exponerlo en la menor medida posible a factores de riesgo inherentes a su oficio. Actualmente, los derechos del trabajador están legislados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos a través de la Ley Federal de Trabajo, la cual debería ser revisada y actualizada con frecuencia de acuerdo a los datos que arrojan los avances tecnológicos y científicos. Por su parte, el emplea tiene la obligación de acatar dicha legislación y mantenerse informado sobre sus actualizaciones. Y, finalmente, el trabajador debe aplicar las medidas preventivas proporcionadas por el empleador, por ejemplo el uso de cascos, guantes, anteojos, etcétera. Sólo mediante la interacción de estos tres niveles en la organización laboral será posible reducir al mínimo el riesgo que normalmente corren los trabajadores mexicanos de las clases sociales media y baja, aunque los de clase alta tampoco se encuentran exentos de varios factores de riesgo laboral.